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Se adelanta inicio de plazo de 30 días para el pago de facturas
Con fecha 12.12.2019 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N°21.193 que modifica la Ley N°21.131, la cual estableció el pago a 30 días de las facturas.
Mediante este cuerpo legal se adelantó para el 01 abril de 2020 la entrada en vigencia del plazo legal de 30 días corridos, desde su recepción, para el pago de facturas en el sector privado.
La ley aplica a todos los emisores de facturas en territorio nacional, sin distinción de tamaño.
Esta nueva ley no modificó la posibilidad excepcional de ampliar los plazos de pago mediante la inscripción en el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo de los denominados “Acuerdos con Plazo de Pago Excepcional”. Éstos podrán estar fundados en las características propias de cada sector económico, y se refieren a que las partes podrán establecer, de común acuerdo, un plazo que exceda el referido plazo de 30 días corridos, siempre que dicho acuerdo conste por escrito, sea suscrito por quienes concurran a él y no constituya abuso para el acreedor (emisor de la factura).