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Programa Subsidio al Empleo

El día 27 de Septiembre de 2020, el Gobierno con el fin de fomentar la recuperación económica, en especial, en lo que dice relación al empleo, dio a conocer los aspectos principales del programa denominado “Subsidio al Empleo”.

Objetivos del Programa:

  1. Incentivar el retorno de los trabajadores que mantienen sus contratos de trabajo suspendidos por aplicación de la “Ley de Protección al Empleo” (Programa REGRESA).
  2. Promover la contratación de nuevos trabajadores (Programa CONTRATA).

I. Objetivo “Regresa”

El programa contempla la entrega a la empresa de un subsidio equivalente a $160.000, por hasta 6 meses, por cada trabajador que retorne a su puesto de trabajo posterior a la suspensión en virtud de la Ley de Protección al Empleo. Para ello, se requiere que la remuneración mensual bruta sea igual o menor a 3 Ingresos Mínimos Mensuales al momento de postular, esto es, $961.500.-

Empresas destinatarias:

  1. Sean contribuyentes de 1era categoría.
  2. Hayan tenido una baja del 20% en sus ventas o ingresos brutos entre abril y julio de 2020, respecto de igual período de 2019. Este requisito es validado por el sistema de postulación.

Procedimiento:

  1. Si se postula dentro de los primeros 15 días de un mes, el primer pago se realizará el 30 de dicho mes. Si se postula desde el día 16 en adelante, el primer pago será el día 15 del mes siguiente.
  2. Si la postulación se hace durante el mes de Septiembre de 2020, el primer pago se realizará a mas tardar dentro de los 30 días corridos desde la fecha de verificación de los requisitos.
  3. El segundo pago y sucesivo, se harán los días 30 de cada mes.

II.- Objetivo “Contrata”

El incentivo es promover la contratación de nuevos trabajadores. Para ello, se proporciona un subsidio equivalente al 50% de la remuneración bruta mensual, con tope de hasta $250.000, por cada contratación adicional que realicen las empresas respecto de su nómina de trabajadores informada a julio de 2020, debiendo el trabajador beneficiado tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales, esto es, $961.500.- y tener una antigüedad máxima en la empresa de 3 meses.

Se genera un aporte adicional y focalizado para los jóvenes entre 18 y 23 años, mujeres mayores de 18 años y personas con discapacidades, en cuyo caso el subsidio tendrá un tope mayor, de $270.000.

En el caso de: Mujeres mayores de 18 años/ Personas con discapacidad/ Hombres desde los 18 años hasta los 23 años, el subsidio aplica de la siguiente manera:

Si la remuneración mensual bruta es:

  • Menor a $450.000: el subsidio es igual al 60% de la remuneración mensual bruta.
  • Mayor o igual a $450.000 pero menor o igual a $961.500: el subsidio será igual a $270.000.

En el caso de: Hombres desde los 24 años y sin discapacidad, el subsidio aplica de la siguiente manera:

Si la remuneración mensual bruta es:

  • Menor a $500.000: el subsidio es igual al 50% de la remuneración mensual bruta.
  • Mayor o igual a $500.000 pero menor o igual a $961.500: el subsidio será igual a $250.000.

Empresas destinatarias:

  • Sean contribuyentes de 1era categoría (incluidas todas la del régimen Pyme, renta presunta, individuales y otras).
  • Sean pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos y suplementeros, entre otros).

Estos subsidios ya están disponibles para su postulación, los invitamos a contactarnos si tienen alguna duda respecto de esta u otras materias para apoyarlos con las estrategias que mejor se adecúen a sus necesidades:

Fernando Muñoz Barahona | Abogado Asociado – Derecho Laboral

fmunoz@bmyh.cl |+56 2 2599 1300

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