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El 30 de abril del 2022 vence franquicia tributaria que permite transformar ex FUT en ingreso no renta y retirar en cualquier momento.

La Ley N°21.210 sobre Modernización Tributaria, estableció en su artículo vigésimo quinto transitorio un beneficio tributario que permite a los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría que mantienen saldos acumulados de rentas generadas hasta el 31 de diciembre de 2016, y que se encuentran pendientes de tributación con los impuestos finales (Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional), acogerse al pago de un Impuesto Sustitutivo con una tasa del 30%, pudiendo imputar en contra de dicho tributo el crédito por Impuesto de Primera Categoría, transformando dichas rentas en ingresos no tributables que pueden ser retirados en cualquier momento.

En BH Abogados contamos con una amplia trayectoria centrada en las áreas Corporativa, Inmobiliaria, Tributaria y Laboral, y los invitamos a contactarnos si tienen alguna duda respecto de esta u otras materias para apoyarlos con las estrategias que mejor se adecúen a sus necesidades:

José Luis Hormazábal M. | Socio | jlhormazabal@bhabogados.cl

 

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