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Comisión de Lucha Contra la Evasión Fiscal, el Contrabando, el Fraude Tributario y Aduanero, el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Crimen Organizado

Con fecha de ayer 25 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Exento N°194 del Ministerio de Hacienda, que crea la Comisión de Lucha contra la Evasión Fiscal, el Contrabando, el Fraude Tributario y Aduanero, el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Crimen Organizado.

Esta Comisión que funcionará como un Consejo Asesor Ministerial del @Ministerio de Hacienda y estará integrada por el Director(a) del Servicio de Impuestos Internos, quien la presidirá, por el Director(a) Nacional de Aduanas, por el Tesorero General de la República y por el Director(a) de la Unidad de Análisis Financiero.

Cabe señalar que en el año 2002 se había creado la Comisión de Lucha contra la Evasión y el Fraude Tributario y Aduanero, cuya misión igualmente fue facilitar la coordinación de los Servicios en todas las materias relacionadas con el cumplimiento tributario de los contribuyentes. Esta nueva comisión amplía las materias para fortalecer las medidas que se tomen y actuar de forma coordinada, para el cumplimiento de los siguientes objetivos:

  1. Facilitar la coordinación de los Servicios de Impuestos Internos, de Aduanas, de la Tesorería General de la República y de la Unidad de Análisis Financiero en todas las materias relacionadas con el cumplimiento tributario de los contribuyentes.
  2. Hacer más efectiva la labor de los cuatro Servicios de un modo fluido y coordinado, a fin de disminuir la Evasión fiscal, el Contrabando, el Fraude Tributario y Aduanero, el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Crimen Organizado. Así también, cautelar el correcto uso de las franquicias tributarias y aduaneras.
  3. Proponer al Ministro(a) de Hacienda la introducción de medidas adicionales o la modificación de la legislación vigente destinadas a disminuir la Evasión fiscal, el Contrabando, el Fraude Tributario y Aduanero, el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Crimen Organizado en el ámbito de sus competencias.
  4. Tomar medidas, en el marco de sus competencias, para facilitar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, con el objetivo de maximizar su cumplimiento.

Más información: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2025/06/25/44182/01/2662484.pdf
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