Nuestro socio Fernando Muñoz Barahona dictó una charla sobre la implementación de la #LeyKarin a nuestro cliente Servicios La Invernada, en su planta de Paine…
Publicación Decreto Supremo Medidas Tributarias para PYMEs
Con fecha 1 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial, el Decreto Nº420 del Ministerio de Hacienda, el cual establece medidas de índole tributaria, para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en dificultades generadas por la propagación de la enfermedad Covid-19 en Chile.
El referido Decreto establece las siguientes medidas:
- Se prorrogan los plazos para el pago del IVA, que debe declararse o pagarse en los meses de abril, mayo y junio de 2020, distinguiendo en relación a las ventas del contribuyente y sus relacionados si pueden acceder a 6 o 12 cuotas para el pago del referido impuesto en los meses indicados. Señalando además que la prórroga regirá para la declaración que se efectúe a través de los formularios 29 y 50 de los respectivos meses.
- Se prorroga el plazo del pago de la primera cuota del impuesto territorial el año 2020, la que se pagará en tres cuotas, iguales y reajustadas, en los plazos de pago de la segunda, tercera y cuarta cuota del Impuesto Territorial, aplicándose a contribuyentes del Impuesto Global Complementario, del Impuesto Único de Segunda Categoría, y del Impuesto de Primera Categoría que cumplan con los limites indicados en el referido Decreto.
- Se instruye al Servicio de Impuestos Internos para que condone el impuesto a que se refiere el artículo 84 letra a) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (PPM), que debe pagarse en los meses de abril, mayo y junio de 2020.
- Se instruye al Servicio de Impuestos Internos y a la Tesorería General de la República para realizar el pago anticipado por medios electrónicos, en el mes de abril de 2020, de la devolución de impuestos que corresponda a la declaración de impuesto a la Renta del año tributario 2020, a personas naturales y contribuyentes que cumplan los requisitos para acogerse al régimen del artículo 14 letra D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Régimen PYME).
- Se prorroga hasta el día 31 de julio de 2020, el plazo de pago del impuesto a la Renta del año tributario 2020, para los contribuyentes que cumplan los requisitos para acogerse al régimen del artículo 14 letra D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Régimen PYME).
- Se prorroga hasta el 31 de julio de 2020, la fecha para optar a los regímenes de tributación que establece el artículo 14 de la Ley de Impuesto a La Renta.
- Se instruye al Servicio de Impuestos Internos y a la Tesorería General de la República para condonar y devolver, en abril de 2020, la retención del impuesto aplicada a los profesionales independientes, en los meses de enero y febrero de 2020.
- Se faculta a la Tesorería General de la República para dar facilidades de pago y condonar, total o parcialmente los intereses penales y multas que corresponda respecto de pagos de impuestos fiscales y territoriales, o cuotas devengadas en los meses de abril, mayo y junio de 2020, para contribuyentes del Impuesto Global Complementario, Impuesto Único de Segunda Categoría y del Impuesto de Primera Categoría, que cumplan con los requisitos indicados en el referido Decreto.
- Se faculta al Servicio de Impuestos Internos y a la Tesorería General de la República para condonar, total o parcialmente, los intereses penales y multas aplicadas a las declaraciones de impuestos presentadas fuera de plazo u otras gestiones vinculadas con declaraciones de impuestos establecidos en la Ley de Impuesto a la Renta y en la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, hasta el 30 de septiembre de 2020.
- Se faculta al Servicio de Impuestos Internos y a la Tesorería General de la República para condonar, total o parcialmente, los intereses penales aplicables respecto de pagos de cuotas del impuesto territorial efectuadas fuera de plazo, hasta el 30 de septiembre de 2020.
Las medidas tendrán una vigencia de 12 meses y hasta que se extingan sus efectos, desde la declaración de zonas afectadas por catástrofe, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº107 de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, del día 20 de marzo de 2020.
Link a la publicación en Diario Oficial: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2020/04/01/42621/01/1747679.pdf